Preguntas Frecuentes

Cómo puedo formalizar mi afiliación al Fondo de Empleados?

Se debe entregar el formulario de afiliación diligenciado al correo: fonhidrocasanare@gmail.com, nuestro coordinador de Servicios. Se realizarán periódicamente campañas de afiliación donde los colabores de la Compañía pueden afiliarse al Fondo de Empleados.

Qué es la economía solidaria?

La economía solidaria es un sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por un conjunto de organizaciones que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social, no tienen como fundamento el enriquecimiento y su principal objetivo es el desarrollo integral de ser humano.

Qué es un fondo de empleados?

Según el decreto 1481 de 1989, Los fondos de empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados con las siguientes características:
1. Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.
2. Que la asociación y el retiro sean voluntarios.
3. Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y decisión de los asociados sin consideración a sus aportes.
4. Que presten servicios en beneficio de sus asociados.
5. Que establezcan la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
6. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y al crecimiento de sus reservas y fondos.
7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado.
8. Que se constituyan con duración indefinida.
9. Que fomenten la solidaridad y los lazos de compañerismo entre los asociados.
Los fondos de empleados fueron creados en Colombia hace más de setenta años y gozan de la protección, fomento y desarrollo por parte del Estado. No son contribuyentes del impuesto de renta y complementarios mientras no desarrollen actividades industriales o comerciales y son administrados y controlados por sus propios asociados.

Cuál debe ser la composición de un fondo de empleados?

Los fondos de empleados se constituirán con un mínimo de diez (10) trabajadores en acto privado que se hará constar en acta firmada por todos los asociados fundadores, con anotación de sus nombres, documentos de identificación y domicilios, en la cual se consagrarán:
1. La voluntad de creación de la entidad.
2. La aprobación del cuerpo estatutario que regirá al fondo de empleados y el sometimiento al mismo.
3. Los valores de los aportes iniciales de los fundadores.
4. El nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
5. El nombramiento del representante legal.
6. El nombramiento de los miembros del comité de control social cuando se contemple este órgano.
7. El nombramiento del revisor fiscal.

Qué derechos tienen los asociados a un fondo de empleados?

Todos los asociados tendrán los siguientes derechos fundamentales, y los demás consagrados en los estatutos y reglamentos:
1. Utilizar o recibir los servicios que preste el fondo de empleados.
2. Participar en las actividades del fondo y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
3. Ser informados de la gestión del fondo de conformidad con lo establecido estatutariamente.
4. Ejercer actos de decisión en las asambleas generales, y de elección de éstas, en la forma y oportunidad previstas en los estatutos y reglamentos.
5. Fiscalizar la gestión del fondo de empleados.
6. Retirarse voluntariamente del fondo.

Quiénes pueden hacer parte del fondo de empleados?

Podrán ser asociados de los fondos los trabajadores que tengan el vínculo común consagrado en los estatutos. Igualmente, si así lo establecen éstos, podrán serlo, los trabajadores dependientes del mismo fondo de empleados, los pensionados y los sustitutos de los pensionados que hubiesen tenido la calidad de asociados.

Qué deberes tienen los asociados a un fondo de empleados?

Todos los asociados tendrán los deberes y obligaciones previstas en los estatutos y reglamentos con criterio de igualdad, salvo las contribuciones económicas que podrán graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.

¿Cuál es el patrimonio de un fondo de empleados?

El patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por aportes sociales individuales, las reservas y fondos permanentes, las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial y los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica.

Cómo asociado estoy obligado a realizar aportes al fondo de empleados?

Si, los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que deba entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales. En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso salarial del asociado.

¿Cómo asociado esos aportes me serán devueltos?

Sí, pero los aportes sólo serán devueltos cuando se produzca la desvinculación del asociado, e, igualmente, como regla general, los ahorros permanentes. Sin embargo, los estatutos podrán establecer reintegros parciales y periódicos de estos últimos.

¿Qué servicios presta un fondo de empleados?

Los fondos de empleados prestarán los servicios de ahorro y crédito en forma directa y únicamente a sus asociados, en las modalidades y con los requisitos que establezcan los reglamentos y de conformidad con lo que dispongan las normas que reglamenten la materia. Los servicios de previsión y seguridad social y los demás previstos en su objeto social, excepto los de ahorro y crédito, podrán ser prestados por intermedio de otras entidades, preferencialmente de igual naturaleza o del sector cooperativo. La prestación de servicios que beneficien a los asociados y al fondo de empleados, complementarios de su objeto social, podrá ser facilitada por éste mediante la celebración de contratos o convenios con otras instituciones.

¿Quién vigila el buen funcionamiento del fondo de empleados?

La inspección y vigilancia interna de los fondos estarán a cargo del revisor fiscal y el comité de control social.